Se salva Figali

Empresario
Jean Figali
Al empresario Jean Figali, el Juez Primero de lo Penal, Rolando Quesada Vallespi, le fijó una fianza de excarcelación por 5 mil balboas que impiden que sea detenido por los supuestos cargo que se le imputan por delitos contra el medio ambiente.
Marcela Araúz, representante legal de Figali, solicitó la fianza el pasado 8 de junio para que su cliente no sea detenido injustamente luego que Harley Mitchell asesor legal de la Autoridad Nacional del Ambiente denunciará al Grupo F de haber incumplido con el estudio de impacto ambiental, categoría II, para la construcción de una Marina en donde se desarrollará el Complejo Turístico Boulevard Alta Moda proyecto que lleva acabó el Grupo F. Internacional, en el sector de la Calzada de Amador.
El Juez a la vez denegó la orden de suspensión de la obra y sustenta su decisión señalando que la Fiscalía Undécima no tiene los elementos suficientes para demostrar que el Grupo F haya incumplido con el estudio de impacto ambiental. Además se basa en el testimonio de Lisandro Arias Torres, Administrador Regional Metropolitano de la ANAM, en donde indica que no se ha establecido que el Grupo F haya incumplido con el Estudio Categoría II.
Marcela Araúz, representante legal de Figali, solicitó la fianza el pasado 8 de junio para que su cliente no sea detenido injustamente luego que Harley Mitchell asesor legal de la Autoridad Nacional del Ambiente denunciará al Grupo F de haber incumplido con el estudio de impacto ambiental, categoría II, para la construcción de una Marina en donde se desarrollará el Complejo Turístico Boulevard Alta Moda proyecto que lleva acabó el Grupo F. Internacional, en el sector de la Calzada de Amador.
El Juez a la vez denegó la orden de suspensión de la obra y sustenta su decisión señalando que la Fiscalía Undécima no tiene los elementos suficientes para demostrar que el Grupo F haya incumplido con el estudio de impacto ambiental. Además se basa en el testimonio de Lisandro Arias Torres, Administrador Regional Metropolitano de la ANAM, en donde indica que no se ha establecido que el Grupo F haya incumplido con el Estudio Categoría II.
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